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Los pisos para uso turístico deberán publicitar su número de registro

casaenalcostaelmundo.es, EFE Barcelona, 21 de febrero – Empresas y establecimientos turísticos tienen que incluir su número de inscripción en el Registro de Turismo de Cataluña en la publicidad que los anuncie, lo que obliga a los titulares de soportes publicitarios y comercializadores en línea a exigirlo en la oferta de alojamientos turísticos presentada.

Según ha informado el departamento de Empresa y Empleo, esta nueva medida se pone en marcha para mejorar la efectividad en el control de la oferta ilegal en el ámbito de las viviendas de uso turístico y combatir el alto índice de economía sumergida en el que se ha movido tradicionalmente este sector.

A partir de ahora, los apartamentos y viviendas de uso turístico que se publiciten sin hacer constar su número de registro tendrán la presunción de ilegales.

Inscripción de oficio

La inscripción de las viviendas de uso turístico en el Registro de Turismo de Cataluña (RTC) la hace de oficio la Generalitat a partir de la comunicación de inicio de los propietarios ante el ayuntamiento competente. Una vez inscrita, la vivienda de uso turístico recibe un número de inscripción, código RTC, que se notifica al propietario del piso.

Poco más de un año después del inicio del

proceso de regularización de las viviendas de uso turístico, se han regularizado más de 25.691 de estas viviendas y 205 establecimientos de apartamentos turísticos, lo que afecta a un total de 153.055 plazas. Esta cifra representa el 30 % de las 500.000 plazas que se calcula como oferta potencial de viviendas de uso turístico en Cataluña.

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