Dos reformas legislativas del Gobierno catalán prometen dar con la solución de los vecinos que están soportando ocupaciones ilegales en inmuebles. Especialmente si son de carácter delictivo. La consejera de Justicia, Lourdes Ciuró, y la de Derechos Sociales, Violant Cervera, han explicado que quieren dotar de herramientas a los ayuntamientos y vecinos que se encuentren con problemas de okupación en edificios, si estos son propiedad de grandes tenedores.
Se espera que en las próximas semanas se pongan en marcha distintas modificaciones en el Código Civil de Cataluña y en la Ley de Vivienda, para que de este modo la Generalitat pueda obligar a los propietarios de inmuebles en conflicto (especialmente si son de grandes tenedores) a tomar cartas en el asunto en el plazo máximo de un mes. Si no resuelven el problema usando la vía judicial para reclamar el desalojo, pueden enfrentarse a multas de hasta 90.000 euros o a tener que ceder esas viviendas a la Administración para un uso social.
Dotar a los ayuntamientos de razón jurídica contra la okupación ilegal
Se trata, en realidad, de ofrecer herramientas a los ayuntamientos, para que tengan herramientas para gestionar este tipo de circunstancias. De este modo, cuando un consistorio se encuentre con el caso de una finca ocupada ilegalmente, cuyas actividades estén molestando a los vecinos y dañando la pacífica convivencia, podrán solicitar directamente al propietario que ponga en marcha la acción judicial preceptiva. Tendrán un mes de plazo para colaborar en el proceso de desalojo y si no lo hacen, tanto el ayuntamiento como la comunidad de vecinos, podrán poner en marcha la maquinaria legal. Tras la aportación de pruebas que demuestren los delitos, el juez tomará la decisión final.
Es muy común que las grandes entidades financieras o fondos buitres hagan caso omiso a las quejas vecinales. De momento, las consejerías se han puesto manos a la obra para realizar las modificaciones en dichas legislaciones y la Consejería de Derechos Sociales trabajará para aplicar cambios en la Ley de Vivienda, de modo que puedan imponerse multas entre 9.000 y 90.000 euros a los grandes tenedores que no respondan a las peticiones de ayuntamientos y vecinos ante okupaciones delictivas.