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Es legal convocar una junta de propietarios por whatsapp

Las juntas de propietarios son un pilar fundamental en la gestión de comunidades de vecinos, ya que permiten la toma de decisiones colectivas sobre asuntos que afectan la convivencia, el mantenimiento y la administración de las propiedades de un edificio y sus habitantes. Convocarlas correctamente es crucial para garantizar la validez de las decisiones adoptadas en ellas y evitar conflictos entre vecinos, así como administrativos o legales.

En los últimos años las nuevas tecnologías han transformado la manera en que las comunidades de vecinos se comunican. Herramientas como whatsapp, el correo electrónico y otro tipo de plataformas de gestión comunitaria han ganado popularidad gracias a su inmediatez y facilidad de uso. ¿Pero es legal usarlas para llevar a cabo acciones tan importantes como por ejemplo convocar juntas de propietarios?. Atención a lo que dice la ley.

convocar junta de vecinos por whatsapp

La importancia de las juntas de propietarios

Las juntas de propietarios son el órgano de decisión más importante de las comunidades de vecinos, ya que su función principal es deliberar y tomar decisiones sobre cuestiones que afectan al edificio o conjunto residencial. Las decisiones que se toman en junta tienen carácter vinculante para todos los propietarios, siempre que se adopten siguiendo los procedimientos establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal, que es la que las regula.

Hay dos tipos principales de juntas de propietarios:

  • Juntas ordinarias. Se celebran una vez al año para aprobar cuentas, presupuestos y asuntos generales de la comunidad.
  • Juntas extraordinarias. Se pueden convocar en cualquier momento y suelen tratar temas urgentes o específicos que no pueden esperar hasta la próxima junta ordinaria.

La correcta convocatoria de ambas es esencial para garantizar su validez y evitar problemas legales posteriores, como la impugnación de acuerdos adoptados.

Normativa sobre la convocatoria de juntas de propietarios

El artículo 16 de la Ley de Propiedad Horizontal establece las normas básicas sobre quién y cómo se deben convocar las juntas de propietarios.

  • Quién debe convocar las juntas. La convocatoria debe realizarla el presidente de la comunidad o, en su defecto, el administrador o un número suficiente de propietarios que representen al menos el 25% de las cuotas de participación.
  • Plazos para convocar las juntas. Las juntas ordinarias deben comunicarse con un mínimo de 6 días de antelación, mientras que para las extraordinarias el plazo puede ser menor, dependiendo de la urgencia de los temas a tratar.
  • Forma de notificación de las juntas. La convocatoria debe enviarse a todos los propietarios de tal manera que quede constancia de su recepción. Tradicionalmente, esto se hacía mediante notificaciones físicas, como cartas certificadas o tablones de anuncios en zonas comunes del edificio. Actualmente, se suele recurrir al correo electrónico o a whatsapp.
  • Contenido de las juntas. La notificación de las juntas debe incluir: fecha, hora y lugar de la reunión; el orden del día con todos los asuntos a tratar; y la firma del convocante (el presidente, generalmente).

Legalidad de convocar juntas de propietarios por whatsapp

El uso de whatsapp para convocar juntas de propietarios no está explícitamente regulado por la Ley de Propiedad Horizontal, lo que genera un vacío normativo que puede llevar a cierta confusión. Sin embargo, la normativa sí deja claros los requisitos legales que debe cumplir cualquier método de notificación.

  • Constancia de recepción: Es imprescindible que la persona que convoca la junta de propietarios pueda demostrar que el destinatario la ha recibido correctamente y a tiempo. En este sentido, una notificación a través de whatsapp no siempre puede proporcionar evidencias ciertas de entrega y lectura.
  • Consenso de todos los propietarios. Para poder utilizar whatsapp como medio para convocar juntas de propietarios es indispensable que en junta se acuerde previamente esta modalidad de notificación y ello quede reflejado en los estatutos de la comunidad.
  • Accesibilidad universal. No todos los propietarios tienen acceso a whatsapp o los conocimientos suficientes para usar esta plataforma, especialmente la gente mayor. Por ello, su uso exclusivo para convocar juntas podría considerarse discriminatorio y no aceptable.

Buenas prácticas para convocar juntas de propietarios

Para evitar problemas legales y garantizar la eficacia de las juntas de propietarios, se recomienda seguir estos consejos.

  • Establecer protocolos de comunicación. Es necesario incluir en los estatutos de la comunidad todos los métodos aceptados para convocar las juntas de propietarios y asegurarse de que todos estén informados y conformes con ello.
  • Usar plataformas que garanticen registros formales. Para evitar malos entendidos es recomendable recurrir a plataformas que generen certificados de envío y recepción, como correos electrónicos con acuse de recibo. En el caso de whatsapp, guardar capturas de pantalla que incluyan la entrega y lectura de los mensajes.
  • Mandar las convocatorias a través de varios métodos. Unos métodos no tienen por qué excluir a otros, por lo que es posible convocar juntas de propietarios a través de whatsapp y/o correo electrónico y al mismo tiempo enviar notificaciones físicas, como cartas certificadas, o comunicarlas en los tablones de anuncios de las zonas comunes del edificio.
convocar junta de vecinos por whatsapp

Convocar juntas de propietarios es una cuestión seria e importante, y su validez depende del cumplimiento estricto de lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal. Aunque whatsapp puede ser una herramienta útil y práctica, su uso como único medio de convocatoria puede conllevar cierta confusión, debido a la falta de regulación específica y a las dificultades para garantizar la constancia de recepción.

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