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Deducción por alquiler de vivienda: del 100 % al 50 %

montoroelpais.com, Propiedades, 23 de junio – Los dueños de las viviendas en alquiler si son particulares pueden deducirse buena parte de los gastos que le origine el inmueble y la actividad. Desde los gastos de administración y mantenimiento del inmueble hasta los impuestos como el IBI o las tasas de recogidas de basura. Si, además se trata de primera vivienda y el inquilino es mayor de 35 años, se deduce un 60 % de la renta, pero si es menor de edad y el contrato se firmó antes de uno de enero de 2011, se desgrava el cien por cien.

Para el inquilino, la deducción por alquiler de vivienda está equiparada con la de compra. Así, el arrendatario podrá deducirse un 10,05 % de los importes con un máximo de 9.040 euros para rentas de hasta 17.707,20 euros anuales. A partir de ese tope el porcentaje deducción irá decreciendo.

Hasta ahora porque, a partir del uno de enero del año que viene, la desgravación del cien por cien se reduce a la mitad para los propietarios, tras la reforma fiscal en marcha. Y también pagará más el inquilino. Es una forma de no fomentar el alquiler, principal objetivo del actual plan estatal de vivienda.

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