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Qué gastos tiene una plaza de garaje en alquiler o en propiedad

Es una inversión bastante común: una plaza de garaje en propiedad es un recurso muy valioso, si lo que necesitas es guardar un coche a buen recaudo. Pero también es una manera de rentabilizar una inversión mes a mes, puesto que una plaza de garaje en propiedad se puede alquilar y, dependiendo de la zona en la que se encuentre, puedes venirte bien para obtener un extra de dinero.

Pero la inversión tiene sus gastos, así que si tienes una plaza de garaje en propiedad, tendrás que asumir una serie de costes añadidos. Veamos cuáles son y cómo debes asumirlos.

Qué gastos tiene una plaza de garaje en alquiler o en propiedad

Qué gastos tengo con una plaza de garaje en propiedad

Si tienes una plaza de garaje en propiedad, será necesario que asumas una serie de gastos.

Gastos de la compraventa de la plaza de garaje

Es algo que debes tener en cuenta, puesto que lo tendrás que abonarlos sí o sí por el hecho de haber realizado la compraventa:

  • Gastos de notaría
  • IVA, en el caso de que sea una obra nueva
  • ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) si es de segunda mano
  • Registro de la propiedad

Gastos comunitarios de la plaza de garaje

A los gastos de compraventa, tenemos que añadir la parte proporcional de gastos comunitarios que te corresponda. Además, es muy importante que en el momento de realizar la compra, pidas un certificado de la comunidad de propietarios para conocer las deudas pendientes o si existe también una derrama que pueda acarrearte gastos excesivos y, por tanto, reducir tus posibilidades de sacar rentabilidad cuanto antes a la inversión.

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) no solo se abona en el momento de comprar una vivienda, también tendrás que asumir la parte que te corresponda como propietario del garaje. Además, es posible que tengas que pagar la tasa de basuras, si el ayuntamiento del municipio lo exige.

Impuestos por el alquiler del garaje de una vivienda

Si vas a alquilar una plaza de garaje, tienes que asumir una serie de impuestos:

  • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): si el garaje se alquila de manera independiente a un piso o si tiene un uso industrial
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): si se alquila por separado, tiene una cuota de entre el 1,1% y el 2% del valor catastral

Otros gastos

Si tienes un coche eléctrico, tendrás que habilitar un sistema de recarga, cuyo precio podría alcanzar los 1.500 euros. Lógicamente, una vez instalado, también será necesario que asumas el pago de la factura eléctrica mes a mes.

Qué gastos tiene una plaza de garaje en alquiler o en propiedad

Qué gastos tengo con una plaza de garaje en alquiler

Y ahora veamos qué gastos tendrás que asumir si tienes una plaza de garaje en alquiler:

Gastos de alquiler de la plaza de garaje

Evidentemente, si tienes una plaza de garaje en alquiler, será necesario que pagues el precio acordado con el propietario por tener esa plaza a tu disposición. Lo más habitual es que este importe esté señalado en un contrato de alquiler. Del mismo modo que tendrá que estar especificada la relación de gastos.

IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) tiene que aplicarse al precio de la plaza si esta se alquila de manera individual, sin estar asociada al alquiler de una vivienda. Será preciso añadir el 21 % en el primer caso, pero en el segundo, el alquiler de la plaza de garaje quedará exento de tributación.

IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) de la plaza de garaje

De acuerdo con el Artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, este tipo de gastos tienen que pactarse. Por tanto, aunque en principio este Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) tiene que asumirlo el propietario, puede existir un acuerdo entre propietario e inquilino y este debe materializarse en el contrato de alquiler.

Otros gastos de la plaza de garaje

Si tienes un coche eléctrico y vas a conectar tu vehículo en la plaza, será necesario que asumas las facturas mensuales de electricidad. En caso de que necesitaras instalar un punto de recarga, tendrías que acordarlo con el propietario, aunque el derecho está reconocido a través del artículo 17.5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

Si no hay necesidad de obra, lo tendrás más fácil, pero si tienes que hacerla, será necesario que el propietario lo solicite a la comunidad y que tú asumas el gasto. Si dejas la plaza de garaje, podrás desmontar la instalación y llevártela a otro sitio.

Ya ves que ambas partes tienen que asumir gastos en el momento de alquilar una plaza de garaje. Sea como sea, será imprescindible que lo indiquéis en el contrato.

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