Qué pasa con la devolución de la fianza del alquiler para los inquilinos
En el caso de los inquilinos, para conseguir la devolución de la fianza del alquiler una vez dejamos la vivienda, el paso a paso sería el siguiente:
1. Revisar el estado del inmueble
Antes de abandonar el inmueble, realiza una revisión minuciosa para asegurarte de que todo esté en buenas condiciones. Haz fotografías que documenten el estado actual de la vivienda, especialmente si existen desperfectos previos. De hecho, lo más interesante es siempre, en el momento de acceder a la vivienda por primera vez, hayamos hecho un inventario fotográfico de todo.
2. Avisa del día de tu salida al casero
Informa al casero con anticipación tu fecha de salida, de acuerdo con lo establecido en el contrato de arrendamiento. El artículo 11 de la LAU señala que hay que avisar al propietario de la vivienda (o, en su defecto, administrador) con al menos 30 días de antelación.
3. Entrega de llaves
Entrega todas las llaves del inmueble al casero en la fecha acordada y confirma por escrito la entrega. Esto es muy importante de cara a posibles controversias. Sería interesante que también firmarais el inventario e hicierais juntos las comprobaciones en la misma vivienda.
4. Solicitud de devolución de la fianza
Lo más habitual es que el casero o administrador inmobiliario se anticipe y te de indicaciones sobre la devolución de la fianza. Si no es así, una vez hayas abandonado el inmueble, puedes solicitar por escrito la devolución de la fianza al casero, indicando tu información de contacto y la cuenta bancaria donde deseas recibir el reembolso.
5. Plazo de devolución
La LAU establece en su artículo 34.4 que el casero dispone de un plazo máximo de un mes desde la entrega de llaves para devolver la fianza. En el caso de que quiera retener una parte o la totalidad de la fianza, tendrá ese mismo plazo para entregar una justificación por escrito al inquilino.
Qué pasa con la devolución de la fianza del alquiler para los caseros
La devolución de la fianza es una obligación para los caseros. Por tanto, veamos qué hay que tener en cuenta:
1. La inspección del inmueble
Realiza una inspección detallada del inmueble una vez que el inquilino va a dejar el piso de alquiler. Compara el estado actual con el registrado en el inventario inicial y en las fotografías proporcionadas por el inquilino. Siempre que puedas, acude tú a la entrega de llaves para comprobar cómo esta la vivienda in situ.
2. Las reparaciones necesarias
- Si existen daños que excedan el desgaste normal o si se requieren reparaciones, te recomendamos consultar a técnicos especialistas para que puedan darte un presupuesto ajustado. De este modo, sabrás cuánto dinero puedes retener de la fianza y lo más importante: podrás justificarlo.
3. La retención de la fianza
Si decides retener parte o la totalidad de la fianza, notifica por escrito al inquilino dentro del plazo legal establecido, detallando los motivos y proporcionando evidencias fotográficas, facturas de las reparaciones o cualquier otra documentación que consideres relevante.
4. La devolución de la fianza
Si no hay motivos para retener la fianza, devuélvesela al inquilino dentro del plazo legal estipulado, que como sabes es de un mes desde la entrega de llaves.
¿En qué casos no se devuelve la fianza del alquiler?
Según la LAU, la fianza o una parte de esta se puede retener en los siguientes casos:
- Daños al inmueble que excedan el desgaste normal
- Impago de rentas o suministros
- Incumplimiento de otras obligaciones contractuales
Y aunque el casero está en su derecho, porque así lo reconoce la legislación, es conveniente justificar la no devolución debidamente para no tener problemas.