Con el aumento del precio de las energías, desde hace unas semanas no se habla de otra cosa que del incremento en la factura de la luz. Para amortiguar el impacto de esta circunstancia en las economías familiares, el Gobierno sigue emplazando a los consumidores – especialmente a los más vulnerables – a solicitar el Bono Social Eléctrico, que puede significar una importante rebaja en el precio de la factura mensual.
Por si esto fuera poco, y con la llegada del invierno, muchos hogares se verán sumidos en la pobreza energética. No en vano, se sabe que casi el 11 % de la población española no puede mantener caliente su casa en invierno. Con el objetivo de mitigar este problema, el Gobierno ha anunciado en octubre de 2022 una ampliación del bono social térmico, que debe permitir a los ciudadanos hacer frente al pago de la calefacción y el agua caliente en los próximos meses de otoño e invierno.
Pedro Sánchez ha detallado que la ayuda crecerá desde la horquilla de 35 euros a 350 euros al año en la que se situaba actualmente (en función de la zona climática del beneficiario) hasta un abanico de entre 40 euros y 375 euros anuales.
Bono Social Térmico, ¿en qué consiste?
El Bono Social Térmico es una programa de ayudas con el que el Gobierno quiere compensar el gasto térmico de los hogares, en el caso de aquellos consumidores que sean vulnerables. Este fue creado a través del artículo 5 del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores y viene a complementar el Bono Social Eléctrico.
La ayuda se abona en un único pago anual y directamente en la cuenta corriente del beneficiario, la misma en la que tenga domiciliada la factura eléctrica. La cuantía de la ayuda depende de dos factores principales: el grado de vulnerabilidad del beneficiario y la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual.
Entre las medidas anunciadas en octubre de 2022 figura un mayor apoyo del actual bono social, al que están acogidos 1,3 millones de hogares. Habrá un aumento en el porcentaje de descuento que se aplica actualmente a los consumidores vulnerables, que pasará del 60% al 65%.
También habrá un incremento del descuento para los consumidores vulnerables severos, que pasará del 70% al 80%. De este modo, se prevé un incremento del 15% en la cantidad de energía con derecho a esos descuentos.
¿Cómo solicitar la ayuda?
El Bono Social Térmico es concedido de manera automática a los beneficiarios del Bono Social Eléctrico, por lo que es preciso dar ese paso antes. Aquí tienes instrucciones precisas sobre como cursar la solicitud. Cerca de 117.000 familias se quedaron sin percibirlo el año anterior por no haber indicado correctamente su cuenta bancaria. En principio, la cuantía a percibir se abonará a la misma cuenta en la que tengan domiciliado el cobro de la factura eléctrica. Pero si no fuera así, el consumidor recibirá una notificación para indicar una cuenta de ingreso.
Una buena manera de asegurarse de que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico consta de los datos es accediendo y facilitando esta información a través de la web del mismo o escribiendo por correo postal a la Dirección General de Política Energética y Minas, que tiene su sede en el Paseo de la Castellana, 160, Planta 6ª, 28071, Madrid.
¿Cuáles son los requisitios?
Para ser beneficiario del Bono Social Térmico hay que serlo del Bono Social Eléctrico. En ese sentido, para ser beneficiario del Bono Social Eléctrico, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico señala que es necesario tener contratado la luz en el mercado regulado, es decir, con el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual.
Además, es necesario cumplir con las condiciones personales, familiares y de renta establecidos. En ese sentido, estos requisitos son los de ser considerado un consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.
¿Qué se considera un consumidor vulnerable?
Para ser considerado un consumidor vulnerable la renta conjunta anual de la unidad de convivencia debe ser igual o inferior a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas (8.106,28 euros).
También se considerará como tal a quienes posean el título de familia numerosa.
Otro caso es que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad de convivencia, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
También se puede incluir en este grupo cuando la persona o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del ingreso mínimo vital.
Asimismo, hay que prestar atención o otras situaciones, como aquellas personas que hayan sido víctimas de violencia de género o unidades de convivencia en las que solo haya un progenitor y, al menos un menor, dado que las cuantías del IPREM que dan acceso al bono varían.
En esa línea, la consideración de consumidor vulnerable severo también atiende a criterios ligados al IPREM.
Además, se denominará consumidor en riesgo de exclusión social al que reúna los requisitos para ser vulnerable severo y que sea atendido por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura.
¿Cuáles son las zonas climáticas?
Uno de los factores que determinará la cuantía final de la ayuda, más allá del tipo de consumidor, es la zona climática en la que se ubique la vivienda habitual del solicitante. Existen 6 zonas distintas: alfa, A, B, C, D y E. Los importes en la zona alfa son menores y la zona E más elevadas.
Para hacerse una idea, Santa Cruz de Tenerife es zona alfa; Cádiz pertenece a la zona A; Cartagena y Ceuta a la B; Barcelona, Bilbao y Vigo son zona climática C; Madrid, Zaragoza y Lugo se engloban en la D; y Molina de Aragón (Guadalajara) es zona E.