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¿Cómo reclamar los daños provocados por las lluvias de un temporal?

Fuertes temporales embisten cada año España. Rachas de viento, aludes de nieve, granizadas o lluvias torrenciales son algunos de los fenómenos registrados más comunes. Con ellos vienen las inundaciones, derrumbamientos y daños materiales que provocan desperfectos allá donde pasan. Cada año suceden los mismos desastres y cada año miles de personas se preguntan ¿Cómo puedo reclamar los daños surgidos por un temporal?  

El socio director del despacho Sanahuja Miranda Abogados, Fernando Sanahuja, recomienda, en primer lugar, recopilar toda la información y pruebas existentes sobre la incidencia en cuestión, desde informes de emergencias y partes policiales, hasta imágenes y elementos dañados de la casa y/o el bien afectado.

“Es muy importante identificar desde un primer momento si los daños sufridos son consecuencia de lo que llamamos ‘riesgos extraordinarios’, es decir, fenómenos naturales catastróficos a la par de improbables, o no. Si nos referimos a la segunda de las catalogaciones, el afectado tendrá que revisar las cláusulas de su seguro para ver si tiene contratadas las coberturas pertinentes”, detalla el experto.

Para este tipo de sucesos, los seguros a todo riesgo de los vehículos, por ejemplo, suelen incluir coberturas por daños sufridos por lluvias o vientos de una determinada intensidad. En el caso de las viviendas, por su parte, la mayoría de seguros del hogar contemplan fenómenos naturales de una intensidad moderada dentro de sus pólizas.

Riesgos extraordinarios

En la mayoría de los temporales, sin embargo, los daños habrán sido provocados por riesgos extraordinarios”, aclara Sanahuja, quien detalla que en esta categoría se incluyen fenómenos naturales como terremotos, volcanes en erupción, caída de meteoritos e inundaciones.

Para reclamar indemnizaciones por todos estos daños, tal y como recoge el Real Decreto 300/2004 del 20 de febrero, los afectados no deberán recurrir a sus respectivas pólizas privadas, que quedan exentas de cualquier pago, sino que deberán dirigirse al Consorcio de Compensación de Seguros.

“Este Consorcio es una entidad pública situada dentro del Ministerio de Economía y Hacienda que actúa de forma subsidiaria a la hora de cubrir los gastos de los asegurados. Este organismo, por lo tanto, será el responsable de asumir las indemnizaciones pertinentes para reparar los daños producidos por estos desastres, siempre y cuando las viviendas, vehículos o bienes afectados cuenten con un seguro”, matiza el experto.

Una vez catalogados los riesgos como extraordinarios, la recomendación del abogado es acudir al Consorcio de Compensación de Seguros lo antes posible para presentar la solicitud de indemnización. Las aseguradoras aconsejan hacer este trámite en un plazo de 7 días después del siniestro, pero el consorcio acostumbra a aceptar peticiones posteriores a esta fecha.

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