Las patronales bancarias consideran que el Tribunal Supremo ha zanjado el asunto del Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) y ha confirmado su validez, al no haber declarado abusiva la cláusula.
El portavoz de la Asociación Española de Banca (AEB), José Luis Martínez Campuzano, ha señalado que, con la información disponible, «el Tribunal Supremo ha zanjado el asunto no declarando abusiva la cláusula del IRPH, confirmando el criterio anterior del propio tribunal y del TJUE sobre la validez de la utilización del índice y que no es abusivo».
De su lado, el portavoz de la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA), Alberto Aza, ha destacado que el IRPH es «un índice oficial» elaborado por el Banco de España y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
«El Tribunal Supremo reafirma la validez del IRPH al declararlo no abusivo, en línea con la jurisprudencia vigente del TJUE y del propio Tribunal Supremo», ha apuntado.
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha determinado este miércoles que los cuatro recursos analizados sobre hipotecas ligadas al Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH) presentan falta de transparencia, por no haberse informado de la evolución del mismo en los dos años anteriores, pero no abusividad.
La decisión no ha sido unánime, ya que el fallo ha recibido el voto particular del magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, quien cuenta con una opinión divergente respecto a la decisión mayoritaria. El órgano judicial dará a conocer el texto íntegro de la sentencia en los próximos días.