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Los notarios inician el retorno paulatino a la normalidad

Los notarios, en consonancia con el programa de recuperación de la movilidad y de la normalidad del Gobierno, procederán al levantamiento paulatino de las actuales restricciones. Hasta ahora solo han podido atender casos de urgencia previa petición de cita.

Las juntas directivas de los Colegios Notariales deberán acordar el levantamiento de las restricciones según las fases en la que se encuentre su Comunidad Autónoma. Esto tiene que ver la distinta incidencia en el ámbito local de la pandemia y su evolución. Esta, además, está vinculada a la dimensión de las distintas poblaciones.

Fase preparatoria (0)

Continuarán las actuaciones con cita previa y la obligación de evitar aglomeraciones. Los notarios atenderán los casos urgentes pudiendo ampliarse a otros que no lo sean, aunque dando preferencia a los primeros. Las actuaciones fuera de la oficina notarial seguirán estando limitadas a los casos urgentes en los que no sea posible el desplazamiento de los ciudadanos a la oficina notarial. En atención al caso concreto (hospitales, residencias, personas enfermas en su domicilio, etc.) se condicionará el desplazamiento a la existencia de los mecanismos de protección precisos, lo que valorará el notario.

Fase inicial (1)

En este caso, continuarán las actuaciones con cita previa y la obligación de evitar aglomeraciones. La actuación de los notarios no estará limitada, ni siquiera con carácter preferente, a los casos de urgencia. Las salidas para autorización de documentos podrán realizarse en los casos en los que no sea posible el desplazamiento de los ciudadanos a la oficina notarial y estarán sujetas igualmente a la exigencia por el notario de las garantías sanitarias señaladas para la fase anterior.

Fase intermedia (2)

A partir de esta fase, las actuaciones con cita previa y la obligación de evitar aglomeraciones. La actuación notarial no tendrá limitación alguna. Las salidas de la oficina notarial podrán realizarse sin limitación, bajo la apreciación del notario en función de las reservas y garantías señaladas.

Fase avanzada (3)

Únicamente subsistirá la obligación de evitar las aglomeraciones, por lo que la cita previa pasará de ser obligatoria a recomendable. En las salidas de la oficina pública notarial, el notario podrá establecer y valorar, como en los casos anteriores en atención a las circunstancias concretas, las garantías sanitarias precisas para prestar su función.

En todas las fases se garantizarán las distancias mínimas de seguridad de dos metros. Además, tanto en los espacios de trabajo como en las zonas de acceso, espera y de atención al público. El objetivo es evitar en todo momento la acumulación de personas.

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