La OCU ha denunciado que, a pesar del anuncio y publicación de las ayudas para el pago del alquiler destinadas para los arrendatarios, aún no se han puesto en marcha a día de hoy. En un comunicado, la OCU ha recordado que el Gobierno anunció dos tipos de ayudas para el pago del alquiler, el acceso a unos préstamos bonificados y avalados por el ICO y la concesión de ayudas directas por parte de las comunidades autónomas, pero que, hasta la fecha, «la efectividad de estas ayudas es prácticamente nula».
Estos préstamos se conceden al inquilino, que es quien se compromete a su devolución. Pero el dinero se ingresa directamente en la cuenta del arrendador para el pago del alquiler. No obstante, el problema, según la OCU, es que los bancos deben adherirse a un convenio con el ICO para ofrecer estos préstamos.
«Estas adhesiones se hacen a cuenta gotas y por el momento en la página web del ICO figuran sólo estas entidades: Caja Onteniente, Caja Pollença, Laboral Kutxa, Bankoa, Abanca, Unicaja, Liberbank y de reciente incorporación, Cajamar», ha añadido, tras apuntar que no se han adherido ninguna de las grandes entidades que tienen mayor implantación nacional.
Las entidades solo ofrecen el pago del alquiler a sus clientes
Además, alerta la OCU de que muchas de ellas solo se lo ofrecen a sus clientes. Y, dentro de ellos, a quienes ya llevan una trayectoria con la entidad. «Un aspecto difícil de cumplir precisamente por aquellos que a su vez deben reunir los requisitos de vulnerabilidad».
Según dice OCU, «todo son trabas». «En principio, las entidades adheridas al convenio con el ICO deberían conceder esos préstamos a los inquilinos que cumplan las condiciones exigidas por la normativa. Pero en la práctica vemos que los bancos no tienen prisa por conceder dinero a quienes tienen dificultades de pago, por mucho aval del ICO que pueda existir», ha puesto de relieve.
La organización ha señalado que «parece que nadie tiene prisa en desbloquear esta situación». Y que gran parte de las comunidades autónomas han ido anunciando el lanzamiento de las convocatorias para conceder las citadas subvenciones, pero que, hasta la fecha, tampoco han llegado soluciones monetarias por esta vía.
En esta línea, la OCU ha aconsejado que no se demore en solicitar esta ayuda, antes de que se agoten los fondos. Además, ha afirmado que si el consumidor tiene problemas para el pago de las rentas, y además no reúne condiciones para solicitarlas o no se le conceden ninguna de las dos ayudas públicas previstas, «lo más conveniente es que se negocie con el arrendador».
Así, ha insistido en la importancia de dejar constancia escrita del acuerdo, «precisando la medida concreta adoptada y el plazo por el que se aprueba». «Estos plazos pueden ser renovables hasta seis meses en caso de necesidad, aunque, pasado el estado de alarma, si la situación no mejora, las partes deberán pensar buscar una solución definitiva ordenada», ha añadido.