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Proponen declarar ilegal la jurisprudencia del TS sobre ejecuciones hipotecarias

Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha propuesto este jueves que una futura sentencia declare que la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de ejecuciones hipotecarias es contraria al Derecho comunitario.

El letrado Maciej Szpunar se ha pronunciado de esta manera en sus conclusiones sobre dos casos acumulados que enfrentan a Abanca Corporación Bancaria y a Bankia con dos clientes con los que había firmado sendos préstamos de garantía hipotecaria. Se trata, sin embargo, de unas conclusiones preliminares y la decisión final no llegará hasta que los jueces emitan su fallo.

En el texto, Szpunar propone al TUE que en su futura sentencia declare que la legislación europea se opone a que un órgano jurisdiccional nacional que ha apreciado el carácter abusivo de una cláusula que permite declarar el vencimiento anticipado de un contrato de préstamo hipotecario pueda mantener la validez parcial de la misma mediante la supresión del motivo que la convierte en abusiva.

El TS citaba una sentencia del Tribunal Supremo de lo Civil y Penal alemán en la que se establecían criterios para «preservar» las partes «no infectadas» de una cláusula que contenga una parte abusiva, pero el abogado general ha señalado que la propuesta del tribunal español no es un «fraccionamiento» de la misma, sino una «modificación conservadora de su validez».

El abogado general añade después que para poder seguir aplicando el resto de la cláusula habría que recurrir a la ley de Enjuiciamiento Civil, que establece que podrá reclamarse la totalidad de la deuda si se incumple con la obligación del pago de al menos tres cuotas mensuales.

Sin embargo, el letrado explica que «subsanar» la nulidad de una cláusula mediante la aplicación de este número mínimo de cuotas mensuales equivaldría a permitir que los jueces nacionales modificaran dicha cláusula, algo que el propio TUE ya declaró ilegal en una sentencia anterior.

Además, el abogado general Szpunar subraya también que la legislación europea se opone también a que un procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado por una cláusula abusiva pueda continuar mediante la aplicación de otra disposición del Derecho nacional aunque pueda ser más favorable para los consumidores.

Sí podrá continuar, no obstante, si el consumidor, tras haber sido debidamente informado por el juez nacional del carácter no vinculante de la cláusula, ha prestado su consentimiento libre e informado y ha manifestado su intención de no hacer valer el carácter abusivo y no vinculante de dicha cláusula.

 

Adicae apoya la propuesta del abogado

Adicae ha iniciado una campaña de información y organización con los hipotecados en respaldo a las tesis de la Comisión Europea y del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE).

El proyecto de ley de Crédito inmobiliario trata de legitimar la práctica «abusiva» del vencimiento anticipado mediante la sustitución por una nueva condición. Además, la asociación subraya que lo hace con porcentajes «insignificantes»: nueve impagos o el 2% del total del préstamo.

«El actual proyecto de Ley constituye una burla al esquema europeo de protección de los consumidores, al aprovechar la transposición de una directiva para eludir el cumplimiento de la propia normativa europea», denuncia la asociación presidida por Manuel Pardos Vicente.

En este sentido, Adicae propone un aumento «razonable» de estos porcentajes que ponga a España en sintonía con el resto de países europeos, con un 10% del valor del préstamo para impagos que se produzcan en la primera parte de la duración préstamo, y un 12% del valor del préstamo para impagos que se produzcan en la segunda parte del mismo.

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