El pleno del Parlament ha aprobado la ley presentada por JxCat, ERC, los comuns y la CUP que limita el precio de los alquileres en 60 municipios catalanes.La ley ha salido adelante con 71 votos a favor de JxCat, ERC, los comuns y la CUP, y 63 en contra de Cs, el PSC-Units, el PP, los cuatro diputados del PDeCAT integrados en JxCat, y los dos diputados de Demòcrates integrados en ERC. Nace con la incógnita sobre si acabará suspendida en el Tribunal Constitucional (TC). A todo esto, hay que añadir que la nueva legislación aprobada ha generado mucha controversia entre los distintos actores del sector.
Foment del Treball lamenta el «error mayúsculo» de la ley catalana sobre alquileres
En un comunicado este miércoles, ha advertido de que el actual mercado de alquiler no es suficiente, por lo que «hay que ampliar sobre todo la oferta de vivienda asequible, el gran abandonado desde la crisis de 2008». La patronal presidida por Josep Sánchez Llibre también considera que los inversores en activos inmobiliarios no tendrán incentivos y que se devaluará el valor patrimonial de muchos propietarios.
Además, asegura que la nueva ley ha sido muy decepcionante para el conjunto del sector, además de que «es inconstitucional, antiestatutaria y no se podrá aplicar». Alega que no podrá aplicarse porque «vulnera la Constitución y el Estatut en 18 puntos de su articulado. Así lo resolvió el Consell de Garanties Estatutàries del Parlament». Foment vaticina que la nueva norma perjudicará a todo el sector y a la construcción de viviendas, «amenazando la actividad económica hasta llegar a la parálisis». Y con riesgo de provocar una contracción de la oferta.
La patronal recuerda además que ya advirtió hace un año de que la nueva regulación que se tramitaba iba a afectar a la seguridad jurídica y a la confianza necesaria para los inversores. Y de que penaliza a las empresas que tienen capacidad para poner en el mercado promociones de viviendas en alquiler. Y añade que, en vez de solucionar el problema de oferta de alquiler asequible, provocará un efecto contrario porque «podrá provocar una parálisis en la actividad del sector». Para Foment, supondrá una reducción de valor de todos los activos inmobiliarios residenciales libres y no incentivará la rehabilitación del parque edificado existente, «muy necesaria para mejorar el parque de vivienda» en las ciudades.
Toribio (Asval) advierte de que tendrá efectos adversos
La directora general de la Asociación de Propietarios de Viviendas en Alquiler (Asval), Beatriz Toribio, ha lamentado la aprobación de la ley. La considera una medida «populista» que conllevará una gran litigiosidad y efectos adversos, avisa. Toribio ha declarado que la administración pública debería concentrarse en proporcionar «soluciones habitacionales y un sistema de ayudas a las personas vulnerables«.
«Las familias más vulnerables necesitan ayudas de la administración y los propietarios necesitan un marco estable y seguro». Ha constatado que todo el sector es contrario a la nueva medida. Entre los efectos negativos que augura con esta norma, ha avisado de que implicará más economía sumergida, menos oferta y más desinversión (en favor de otros municipios no afectados con una ley como ésta).
Ha insistido que lo que hace falta es seguridad jurídica en vez de control de precios. Y ha criticado que algunos sectores «han manipulado» al explicar la aplicación de medidas semejantes en otras ciudades europeas.
Los APIS catalanes también lamentan la aprobación de esta ley
El Consejo Catalán de los Colegios de APIS de Cataluña lamentan que una normativa de esta trascendencia en materia de vivienda, que afecta a miles de hogares y familias en Cataluña, tanto a propietarios como inquilinos, no se haya trabajado ni consensuado con todas las partes. En este sentido, Joan Company, presidente del Colegio de APIS de Giron y presidente del Consejo de Colegios de APIS en Cataluña, ha asegurado que esta medida empeorará el acceso al mercado del alquiler, provocando el efecto contrario al deseado, ya que comportará una disminución de la oferta de pisos de alquiler, más inseguridad jurídica para el propietario y un deterioro inevitable del parque privado de vivienda.
«Nosotros siempre hemos defendido la necesidad de una intervención pública que permita y facilite el derecho a la vivienda digna para toda la población, especialmente la más vulnerable, pero esta problemática debe enfocarse de fondo en su integridad, con conocimiento de cuál es la realidad del parque de vivienda de alquiler y con medidas que den estabilidad a los inquilinos y a los propietarios», ha reclamado Company.
«Creemos que un tema tan esencial como el de la vivienda no debería tratarse con criterios políticos y electoralistas y exigimos que el Govern active políticas de vivienda que afronten la problemática de fondo y que se adopten medidas para incentivar la construcción de un parque de vivienda social suficiente, sin penalizar a los propietarios», reclama.
«Se trata de una ley ilegal», plantean desde la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA)
“Esta Ley, aprobada en un parlamento autonómico, es contraria a una Ley de rango mayor, como es la Ley de Arrendamientos Urbanos, que parte de un principio general de libertad en la fijación de rentas y que impide a las Comunidades Autónomas fijar precios de referencia, con carácter vinculante”, afirma Jose Ramón Zurdo, Director General de la Agencia Negociadora del Alquiler.
“La disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, afirma José Ramón Zurdo, solo admite que las CCAA, en sus respectivos ámbitos: «podrán definir de manera específica y adaptada a su territorio su propio índice de referencia, para el ejercicio de sus competencias y a los efectos de diseñar sus propias políticas y programas públicos de vivienda». Pero este índice de referencia debería ser orientativo y nunca vinculante como lo aprobado en Cataluña. Porque si fuera así, iría en contra de lo regulado en el Art. 17.1 de la LAU, que regula la libertad de las partes para fijar las rentas, subraya Zurdo.
Advierte, además, de la posible inconstitucionalidad de esta medida. «Si desde el Govern de la Generalitat ponen en marcha una limitación de las rentas de alquiler, en un mercado libre, chocaría con lo dispuesto en el artículo 149.1.8 de la Constitución Española, en la atribución que hace al Estado de la competencia sobre las bases de las obligaciones contractuales”. “Y también, advierte Zurdo, colisionaría con el Art.33 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a la propiedad privada”.
«Intervenir los precios en las zonas tensionadas no va a aumentar la oferta de viviendas en esas zonas, sino que va a castigar a los propietarios que necesitan esas rentas, por ejemplo para pagar su hipoteca o para hacer frente al pago de una residencia». “Es más, subraya Zurdo, esta medida hará desaparecer muchas viviendas que hoy están destinadas al alquiler y que al ser intervenidas sus rentas a la baja, el propietario no le compense seguir alquilándolas, y opte por cerrarlas o venderlas”.
José Ramón Zurdo habla del deterioro del parque de viviendas de alquiler en Cataluña, de aprobarse y aplicarse esta medida: «los propietarios intervenidos, a la larga, no tendrán poder adquisitivo para mantener en condiciones sus viviendas. Por lo que uno de los primeros efectos de la intervención de precios será el deterioro paulatino de las viviendas de alquiler y un posible aumento de una exigencia por adelantado de dinero negro para compensar la bajada».