El Tribunal Supremo se pronunciará el próximo miércoles, 30 de septiembre, sobre la legalidad de las hipotecas ligadas al Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH), después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no despejara todas las dudas acerca de su posible abusividad.
El Alto Tribunal decidió a finales del pasado mes de julio suspender la admisión de nuevos recursos de casación sobre el IRPH. Un proceso que se retomará este miércoles, momento a partir del cual se espera que quede condicionada la admisibilidad de los siguientes casos.
La Justicia europea dictaminó el pasado 3 de marzo que el IRPH debe estar sometido a control judicial de los tribunales españoles, quienes deben decidir si se trata de cláusulas abusivas incluidas en contratos hipotecarios.
Según este fallo, los jueces españoles son los que deben evaluar cada caso. Pudiendo sustituir el IRPH por otro índice como el Euríbor para proteger a los consumidores «de las consecuencias especialmente perjudiciales que podrían derivarse de la anulación del contrato de préstamo».
No obstante, la mayoría de magistrados coincide en que la sentencia de Luxemburgo no terminó de despejar las dudas. Sobre todo porque después de que se hiciera pública se han dictado sentencias contradictorias que anulan el índice en primera instancia y luego acaba considerándose válido a escala provincial. O incluso procesos en los que la cláusula se declara abusiva y nula, decretando la subsistencia del contrato pero de forma gratuita.
Ahora, asociaciones como Adicae esperan que el Supremo cierre definitivamente la brecha abierta por el IRPH, que consideran un índice «abusivo y engañoso», por lo que esperan que se pronuncie a favor de los consumidores, marcando el camino para resarcir a los afectados de forma efectiva.
Adicae ha sostenido desde un principio que la banca ha actuado de manera engañosa al comercializar un producto de difícil entendimiento con el gancho publicitario de que era favorable para los consumidores. Según sus cálculos, un consumidor con una hipoteca de 2004 o 2005 con IRPH puede haber llegado a pagar 20.000 euros de más frente a las referenciadas con el Euríbor.
CaixaBank y Bankia, gran exposición a este frente legal
Por otro lado, reclamador.es ha advertido de que CaixaBank es uno de los bancos españoles más expuestos al IRPH. La entidad de origen catalán tenía a 30 de junio 5.678 millones de euros en préstamos hipotecarios al corriente de pago indexados a IRPH con personas físicas (la mayoría de ellos con consumidores), 382 millones menos que a cierre de 2019.
Esta exposición tampoco le falta a Bankia, el nuevo compañero de viaje de CaixaBank, sobre todo por la herencia de Caja Madrid. La exposición de Bankia era de 1.200 millones (100 menos que seis meses antes), a los que se suman otros 1.500 millones de euros al corriente de pago.
Este último importe corresponde a carteras de préstamos relacionados con medidas de financiación de actuaciones en materia de vivienda y suelo en los que el IRPH no fue pactado entre consumidor y banco, sino que vino impuesto por el marco jurídico del momento de celebración del contrato, como los planes de vivienda de protección oficial.
De este modo, CaixaBank y Bankia tienen en conjunto una exposición superior a los 8.000 millones de euros al IRPH. En esta línea, la agencia de calificación Moody’s ha avisado de que las contingencias legales pueden afectar al perfil crediticio del grupo combinado –integración prevista para el primer trimestre de 2021–, por lo que evaluará el fallo del Alto Tribunal, pero también otros frentes como el de la sentencia de la salida a Bolsa de Bankia en julio de 2011, cuyo resultado aún es incierto.