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¿Se puede devolver un piso que acabo de comprar?

Te acabas de comprar un piso pero no es lo que esperabas y tienes dudas sobre si has hecho lo correcto. ¿Qué puedo hacer si me arrepiento?¿Es posible devolver el piso al vendedor?¿Qué opciones tengo si ya he firmado el contrato de compraventa?

Dado que la compra de una vivienda es una de las decisiones más difíciles de tomar y que implica una enorme responsabilidad a nivel financiero, te contamos cuáles son todas las posibilidades que tienes sobre la mesa si te arrepientes.

¿Se puede devolver un piso que acabo de comprar?

Opciones para devolver una vivienda recién comprada

Lo primero que tenemos que decirte es que si ya has firmado la compraventa te encuentras en una situación compleja. No va a ser fácil dar marcha atrás pero ¡no te desanimes! todavía cuentas con algunas opciones si quieres devolver un piso que has comprado hace poco. Todo dependerá de la situación en la que te encuentres, de cómo haya sido el proceso de compra y de si tienes motivos de peso -legislativamente hablando- que hayan cambiado tu perspectiva. 

1. Incumplimiento del vendedor

Pongamos un ejemplo: Estrenamos nuestro nuevo piso como propietarios y descubrimos que tras un periodo de lluvias el techo tiene goteras y se está cayendo. Este es un caso claro por el que sí puedes devolver un piso que acabas de comprar ya que se entiende que la vivienda contaba previamente con vicios ocultos que el comprador desconocía. En el Artículo 1484 del Código Civil se refleja así: “El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella”.

Por lo tanto, si se demuestra que el vendedor ha incumplido su parte del trato de compraventa, es posible rescindir el contrato y que el vendedor devuelva el dinero del piso al comprador.

No obstante, es necesario demostrar que esos vicios ocultos son graves y que existían antes antes de comprar la vivienda. Para realizar esta reclamación tienes 6 meses desde la firma del contrato así que no te lo pienses mucho si te encuentras en esta situación. 

2. Cláusulas contractuales

Otra posibilidad que tienes si quieres devolver el piso que has comprado es que en el contrato se haya incluido alguna cláusula de resolución o condición suspensiva que te dé la oportunidad de suspender la compra bajo ciertas circunstancias.

La condición suspensiva es un término legal que significa que la compraventa se queda en stand by hasta que se cumplan determinadas circunstancias como por ejemplo temas de financiación, licencias de obras, permisos o cualquier otro asunto acordado entre las partes. Como ves, para poder acogerte a este punto, es imprescindible que se haya pactado previamente.

3. Anulación del contrato por error o dolo

La tercera opción que tienes es quizás la más extrema y poco probable pero tenemos que incluirla para que tengas la información más completa. Según el Artículo 1265 del Código Civil, cualquier contrato incluida la compraventa se puede anular si se demuestra que no se ha prestado consentimiento por motivos de error, dolo, violencia o intimidación.

Para contemplar esta posibilidad tiene que quedar plenamente demostrado que el error era inevitable por parte del comprador o que el vendedor haya actuado de mala fe. 

¿Qué hago si no puedo devolver el piso?

¿Qué hago si no puedo devolver el piso?

Vemos, pues, que devolver al vendedor un piso que acabas de comprar es complicado pero no imposible si cumples algunos de los requisitos que hemos nombrado.

Si las razones para arrepentirte de la compra son que ya no quieres vivir allí, que te han llegado gastos inesperados o que te has divorciado, por ejemplo, siempre puedes alquilar o vender la vivienda y recuperar el dinero.

Al vender, no obstante, tenemos que valorar los gastos que nos ha supuesto esta transacción como los costes e impuestos asociados a la compra de una casa o los gastos relacionados con la formalización de la hipoteca. Asimismo, también se deberán tener en cuenta los gastos vinculados a la propia venta si se opta por esta alternativa.

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