Por Nerea Gastesi (iAhorro)
Pasan 10, 15, 20 o 30 años y, finalmente, se termina de pagar la hipoteca. Aunque parezca algo lejano, el momento llega y, para entonces, es importante tener claro el proceso que hay que llevar a cabo.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que no consiste en terminar de pagar y no hacer nada más. Hay que notificarle al Registro de la Propiedad que la hipoteca que estaba vigente ya se ha cerrado y que, por lo tanto, la vivienda está libre de cargas.
Para ello el usuario debe acudir al banco y solicitar el certificado de cancelación de la deuda. Este documento especifica que el cliente ha terminado de saldar la deuda con el banco. Se trata del primer paso para poder cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad.
También habrá que pasar por el notario para que formalice la escritura de cancelación. Este documento tendrá que firmarlo tanto el apoderado del banco como la persona que haya terminado de pagar la hipoteca.Se trata del certificado oficial que estipula que una persona ha devuelto todo el dinero que le ha prestado el banco.
No todo queda ahí. Después el propietario debe rellenar el modelo 600 de la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre el inmueble. Esto se debe a que esta operación conlleva pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). No obstante, realizar este trámite cuesta 0 euros.
Una vez que la persona tenga los dos documentos (escritura de cancelación y el formulario 600 de la Agencia Tributaria) podrá acudir al Registro de la Propiedad para notificar que la vivienda está libre de cargas. En dos semanas la vivienda aparecerá sin hipoteca alguna en el registro.
¿Se puede comprobar que el trámite ha salido correctamente?
Es posible a través del Registro de la Propiedad. En España el sector de bienes está dividido por circunscripciones, por lo tanto, hay que buscar el registro en el que se encuentra el inmueble en el que se ha cancelado la hipoteca. Esto puede hacerse a través del buscador del Colegio de Registradores de España.
Con dicha información se accede al Registro de la Propiedad con el DNI electrónico. Allí se solicita una nota simple, documento en el que se verá si la vivienda está libre de cargas. En caso afirmativo la cancelación de la hipoteca se habrá hecho correctamente.
¿Y cuánto cuesta toda la operación?
No todos los documentos que tienen que solicitarse conllevan un coste. De hecho, el usuario no tendrá que pagar nada por pedir el certificado de cancelación de la deuda, el modelo 600 o por la solicitud de la nota simple. Lo que sí tiene un coste es la escritura de cancelación ante notario y la modificación en el Registro de la Propiedad. El coste total de esta operación puede rondar los 400 euros.
Es importante tener en cuenta que ese precio puede elevarse en el caso de que se le encargue el trámite a una gestoría. El usuario interesado tendrá que ver si es capaz de realizarlo por su cuenta o necesita una ayuda externa.
Cuidado con no cancelar la hipoteca
Cancelar la hipoteca no es un trámite obligatorio, pero sí recomendable, puesto que no hacerlo puede acarrear problemas en el futuro.
Cuando una persona termina de pagar la hipoteca, pero no la cancela, para el Registro de la Propiedad dicha vivienda sigue teniendo una carga. Por lo tanto, si una persona quiere vender su casa el futuro propietario de esta verá que ese inmueble aún tiene una carga pendiente: una hipoteca que no ha sido cancelada.
Lo mismo ocurriría si ese usuario quisiera pedir un préstamo con garantía hipotecaria. Para este tipo de productos normalmente piden que la vivienda esté libre de cargas o tenga una hipoteca pagada, al menos, al 90%.
En definitiva, cancelar la hipoteca es un trámite que hay que tener presente, puesto que no hacerlo puede causarnos complicaciones a largo plazo.