elconfidencial.com, E. Sanz, 19 de marzo – Alfredo (nombre ficticio) firmó en 2007 una hipoteca multidivisa en yenes. Su préstamo estaba referenciado al líbor a un mes del yen + 0,70 %. Seis años más tarde, en marzo 2013, poco después de que saltara a la palestra el escándalo de las hipotecas multidivisa, negoció con su entidad y consiguió ‘transformar’ su hipoteca a euros. Consiguió un euríbor a 1 mes -no el euríbor a 12 meses, que es el que sirve de referencia para el 90 % de las hipotecas- más un diferencial del 0,28 %. A partir de ese momento se activó la nueva referencia.
El lunes pasado, al pagar la cuota de la hipoteca, se percató de que el banco le había aplicado la ‘cláusula cero’, es decir, un interés del 0,0 % cuando, en realidad, y con un diferencial del 0,28 %, el banco debería haberle aplicado un interés negativo del -0,02 %, dado que el euríbor a 1 mes se encontraba en el -0,30 %. Por el momento no tiene pensado reclamar al banco. Asegura no tener tiempo, pero su caso pone de manifiesto cómo el improbable escenario de hipotecas con tipos de interés negativos debido a la abrupta caída del indicador, ya es una realidad.
A día de hoy son casos aislados, pero son los primeros que empiezan a verse en el mercado. Un escenario tan descabellado como que el euríbor entrase en terreno negativo y que, sin embargo, ya se ha producido. De ahí que, ante lo que pueda pasar y ante la posibilidad de que un euríbor a 12 meses en negativo pueda anular los diferenciales hipotecarios, los bancos lleven meses blindándose con las ahora famosas ‘cláusulas cero’ en los nuevos préstamos.
Y es que la banca -como han reiterado muchos de los principales directivos en las últimas semanas- no tiene la intención de aplicar intereses negativos. Más aún, el propio Banco de España, de forma informal, ha ordenado a las entidades financieras que no devuelvan dinero en las hipotecas con tipos negativos. Una orden que ya han comenzado a ejecutar, como demuestra este caso.
«Las entidades se quieren proteger de los intereses negativos introduciendo un límite en el 0 % por la hipoteca, lo que no deja de ser una nueva cláusula suelo, por lo que podría avecinar un nuevo torrente de procedimientos judiciales», asegura Luis Javaloyes, consejero delegado de la Agencia Negociadora. «Los bancos argumentan que la naturaleza del contrato de hipoteca es onerosa y, por tanto, no cabe devolver dinero en caso de interés negativo, pero la introducción de una cláusula cero igualmente desnaturalizaría la condición onerosa del contrato, lo que supone una flagrante contradicción».
En su opinión, «de la misma manera que el banco puede cobrar por un depósito referenciado a un tipo de interés que caiga a terreno negativo, por el principio de neutralidad que garantiza un tratamiento simétrico, deberá abonar intereses si la hipoteca tiene interés negativo, como se establece en la Ley 41/2007. Cuando el banco ofrece unas condiciones determinadas en una hipoteca, y son aceptadas por los prestatarios, ambas partes asumen los riesgos que puede suponer: el titular de la hipoteca paga más cuando suben los tipos; el banco no puede negarse a cumplir su parte y negarse a retribuir al prestatario si el interés es negativo. Esto supondría que el cliente asume todos los riesgos y el banco, ninguno».
La realidad, sin embargo, muestra cómo la banca ha activado automáticamente la ‘cláusula cero’ ante los primeros casos de hipotecas con interés negativo, por lo que todo hace pensar que podría seguir la misma política si, en un futuro, esta situación se extendiera a la inmensa mayoría de las hipotecas que existen en España y que tienen como referencia el euríbor a 12 meses.
La banca no devolverá dinero
Un indicador cuya media mensual se sitúa actualmente en el -0,018 % y que tendría que ahondar aún más en su caída para que pudiera darse un escenario de tipos negativos, ya que el diferencial más bajo jamás concedido por un banco en España fue del 0,17 % y lo comercializó Deutsche Bank. Pero, a la luz de los últimos acontecimientos, ni los analistas ni la propia banca lo descartan.
No obstante, si esta situación llegara a producirse, los hipotecados deben saber que esto no significa que el banco deba devolver dinero a los clientes (en el sentido de ingresar dinero en la cuenta del cliente), ni siquiera aunque aceptara pagarle por los tipos negativos, ya que todo préstamo está compuesto por principal -el capital que se debe al banco- e intereses, por lo que en caso de un interés al 0% o negativo, el hipotecado tendrá que seguir pagando el principal. Y aunque en la cuota actual haya un porcentaje elevado de intereses (depende de si está al principio o al final de la vida del préstamo), siempre habrá una parte de principal que evitará que el banco le ingrese dinero.