La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha reclamado la aplicación íntegra y automática del euríbor negativo en las hipotecas variables, de manera que a aquellos clientes que firmaron tipos de interés inferiores a Euríbor +0,466% se les aplique un interés negativo y no del 0%.
Las políticas de estímulos del Banco Central Europeo (BCE) han impulsado una progresiva reducción del euríbor, que cerró octubre con un mínimo histórico del -0,466%, lo que permitió un abaratamiento de las hipotecas a tipo variable.
Para aquellos con hipotecas a un tipo de interés inferior a Euríbor +0,466%, los bancos están aplicando un interés 0, al considerar que los intereses mínimos de la cuota no pueden ser negativos.
OCU ha denunciado que esto supone que aquellos clientes con tipos de interés muy bajos no pueden beneficiarse íntegramente de la caída del euríbor y entiende que la aplicación de un tipo de interés negativo durante un corto periodo de tiempo «no altera la naturaleza del contrato de préstamo», ya que si se calcula la TAE desde el inicio del préstamo, esta será positiva en todos los casos, es decir, el cliente siempre pagará intereses por la deuda contraída.
La asociación ha señalado que la Autoridad Bancaria Europea ha interpretado que los bancos deberán pagar a sus clientes por las hipotecas que arrojen tipos de interés negativos tras sumar el diferencial, salvo que haya alguna restricción legal. En España, la única restricción la establece la nueva ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, que impide que el interés remuneratorio en las operaciones a tipo de interés variable sea negativo, pero solo afecta a los préstamos contratados desde el 16 de junio de 2019.
Por todo ello, OCU solicitará al Banco de España que fije de manera urgente su criterio sobre la aplicación íntegra y automática del euríbor negativo a todas las hipotecas anteriores al 16 de junio de 2019.
La organización ha informado de que los hipotecados que puedan beneficiarse de ello deberían reclamarlo ya al defensor del cliente de su entidad, pudiendo presentar una reclamación ante el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España si transcurre un mes sin recibir respuesta o si esta no es de su satisfacción.