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¿Qué pasa si un vecino no quiere pagar una derrama?

Pagar una derrama es una de las tantas obligaciones que tienes como propietario, una vez entras a formar parte de una comunidad. Y es que, pronto te darás cuenta de que tener una vivienda en una comunidad de propietarios tiene grandes ventajas (como el reparto de gastos y la posibilidad de acceder a servicios que individualmente resultarían demasiado caros), pero también tiene sus contras. Como por ejemplo, la existencia de conflictos.

La mayor parte de veces, la razón por la que los propietarios no se ponen de acuerdo tiene que ver con temas económicos. Y es que no todas las personas pueden asumir, en determinados momentos de su vida, gastos extraordinarios de envergadura, que son los que habitualmente se cubren con derramas. Nos referimos, por ejemplo, a la reparación del sistema de calefacción, a la instalación del ascensor o la renovación de la fachada, por citar algunos de los casos más comunes.

A veces podemos encontrarnos con que un vecino no quiere pagar una derrama. ¿Puede hacerlo? En este artículo vamos a analizar qué tipo de gastos suelen producirse en las comunidades de propietarios, cuánto pueden llegar a costar y si pueden dejar de pagarse. Veamos.

¿Qué pasa si un vecino no quiere pagar una derrama?

¿Qué es una derrama y qué tipo de gastos cubre?

Lo primero que debes tener claro es qué tipo de gastos tienen que asumirse en una comunidad de propietarios. Para verlo más claro, los dividiremos en dos: gastos ordinarios y gastos extraordinarios.

Gastos comunitarios ordinarios

Son ordinarios, por tanto, son aquellos que pagamos de manera periódica (mensual o trimestralmente) y son los que tienen que servir para mantener, reparar los elementos y servicios comunes y, por supuesto, conservarlos. Aquí, dependiendo de la comunidad, pueden entrar gastos de distinta índole, como por ejemplo:

  • Electricidad y gas
  • Limpieza del edificio (si hay un servicio contratado)
  • Mantenimiento del ascensor
  • Servicio de conserjería
  • Seguro de la comunidad de propietarios

Todos estos gastos suelen abonarse mensualmente y los vecinos los sufragan con las cuotas que se hayan decidido. Estos se aprueban anualmente y están contemplados en los estatutos de la comunidad. El precio puede estar entre los 30 y los 100 euros, dependiendo del tipo de comunidad, de los servicios disponibles y, por supuesto, del coeficiente de participación de cada vivienda: esto es, los metros cuadrados que sirven para calcular proporcionalmente la cuota que corresponde a cada propietario.

Gastos comunitarios extraordinarios

Estos son los gastos excepcionales. Es decir, aquellos que se producen de manera extraordinaria y puntual, por la necesidad de abordar una reparación o la instalación de un servicio nuevo, como por ejemplo, un ascensor. Como no están contemplados en los presupuestos como gasto ordinario, para hacer frente a estos hay que hacerlo a través de una derrama, que se aprobará en la junta de propietarios. Pueden ser, por ejemplo:

  • La instalación de placas solares en el edificio
  • El cambio de tuberías
  • La reparación de la bomba de agua
  • La renovación de la puerta del garaje
  • La adecuación de la fachada en mal estado
¿Qué pasa si un vecino no quiere pagar una derrama?

¿Puede un propietario negarse a pagar una derrama?

En principio, no. Esta cuestión la regula la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 10, las derramas tienen que ser consultadas y aprobadas siempre en juntas extraordinarias. No se acota el importe máximo de la demanda, puesto que el valor puede ser muy distinto según la naturaleza de la misma. Sea como sea, se establece que el coste de la derrama no puede superar las doce mensualidades ordinarias de gastos comunes, descontadas las subvenciones y ayudas del Gobierno. De este modo, si un vecino paga 100 euros mensuales de cuota de comunidad, la derrama no debería superar los 1.200 euros. 

En cualquier caso, el pago de la derrama será obligatorio siempre que esta se haya aprobado en junta.

Veamos en qué casos el propietario NO puede negarse a pagar una derrama:

Cuando sea para sufragar obras de mantenimiento

Y estas deban garantizar la seguridad y la habitabilidad. Este es un buen momento para llevarlas a cabo, porque existen ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas que pueden ayudar a sufragar los costes y, por supuesto, mejorar la etiqueta energética del edificio.

Cuando la obra sirva para eliminar barreras arquitectónicas

Es decir, cuando a través de esta se pretenda mejorar la accesibilidad del edificio, mediante la instalación de ascensores, plataformas salvaescaleras o rampas.

Hay una razón por la que un propietario puede negarse a pagar una derrama. Y es cuando esta tenga fines estéticos: es decir, para mejorar la apariencia del edificio. Estamos hablando, pues, de todas aquellas obras que no tengan como propósito garantizar su conservación y seguridad.

¿Y si un propietario no paga una derrama obligatoria?

Si la derrama que se ha aprobado tiene como objetivo resolver un problema en el edificio o reparar cualquier cosa urgente, el propietario estará obligado a pagar la parte que le corresponde. Si no lo hace, se recomienda seguir estos pasos:

El presidente dialogará con el vecino

Es importante que se le expongan los motivos de nuevo, por si no los ha comprendido. Hay que tratar de llegar a un acuerdo de manera amistosa. Al mismo tiempo, conviene recordarle cuáles son sus obligaciones y hacerlo con la normativa y los estatutos de la comunidad de la mano.

Se enviará un burofax como recordatorio

Si el diálogo no funciona, será necesario que la comunidad de propietarios le haga llegar un burofax como recordatorio, en el que se le inste al pago y se le indique el plazo establecido para ello.

Se recurrirá a la justicia

En última instancia, si el propietario no responde, será necesario acudir a la justicia para hacer valer los derechos de todos los propietarios. El vecino en cuestión se convertirá en moroso y se iniciará un procedimiento monitorio por el que el vecino deberá formalizar finalmente el pago. No obstante, hay que tener en cuenta que este es un procedimiento más lento y costoso, cuya resolución puede llegar después de varios meses o incluso años.

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