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¿Qué ventajas tiene comprar casas que son propiedad de bancos? ¿Cómo funciona?

Noelia Pérez (iAhorro)

Una de las opciones más asequibles a la hora de buscar una vivienda para comprar son los pisos de los bancos. Estas viviendas son propiedades que se han adjudicado las entidades financieras después de que el propietario no hiciera frente a los pagos de la hipoteca y, por tanto, resultaran embargadas.

Entre los principales inconvenientes de estas viviendas están que, al ser casas de segunda mano, no están a estrenar y podrían incluso estar en mal estado o tener cargas que el nuevo propietario deberá adquirir con su compra. Sin embargo, también cuentan con muchas ventajas: su precio de venta suele ser bastante menor que su valor de mercado y el comprador podría conseguir muy buenas condiciones de financiación porque el banco está deseando vender la vivienda.

¿Cómo se pueden conseguir las casas de los bancos?

En portales como Habitaclia o Fotocasa existe la opción, a la hora de aplicar los filtros habituales para encontrar el piso que más te interese, de que selecciones que sean “viviendas de bancos”. Estos inmuebles pueden venderse directamente a través de la entidad bancaria, es decir, cualquier persona que vaya al banco de forma presencial a preguntar por las viviendas que tenga dicha entidad en su propiedad podrá consultar el catálogo disponible en ese momento.

No obstante, en la mayoría de los casos, cada entidad financiera cuenta con una agencia inmobiliaria que se encarga de la gestión de estas viviendas. Las más conocidas son Altamira, Aliseda, Servihabitat, Solvia o Haya Real Estate, entre otras. Por su parte, la Sociedad de Gestión de Activos de la Reestructuración Bancaria, más conocida como Sareb, también vende este tipo de viviendas.

casas de bancos

¿Cómo es el procedimiento de compra de un piso de banco?

Los pasos que se siguen normalmente para comprar un piso que sea propiedad de un banco son casi los mismos que si fuera propiedad de un particular. Normalmente este tipo de pisos también pueden visitarse in situ, con el acompañamiento de un agente inmobiliario. Es cierto que, en ocasiones, los bancos no permiten la visita del piso, pero esto pasa normalmente cuando el piso está okupado. En un procedimiento habitual, en caso de que el piso sea del agrado del comprador, podrá negociar el precio con el banco.

Si el banco acepta la oferta, la entidad requerirá al comprador una serie de documentos (los mismos que para cualquier operación de compraventa) como DNI, vida laboral, declaración de la renta, últimas nóminas, posible existencia de otros préstamos, etc. También se deberá rellenar y presentar los documentos pertinentes que demuestran que el comprador posee los fondos para su adquisición. En caso de que esté todo correcto, se procederá a escriturar la compraventa del inmueble. El mismo banco pondrá a disposición del comprador una notaría y una gestoría, aunque podrá elegir la que más le convenga.

Pujar en subastas, una de las opciones más habituales

Es posible que, en vez de vender la vivienda de la forma tradicional, los bancos la saquen a subasta y en estos casos el procedimiento de compra se complica. Este tipo de subastas públicas suelen anunciarse en la web de la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado, concretamente dentro de su “Portal de Subastas”. Además, en esta web te permite buscar las subastas que estén activas en ese momento y filtrar en función de su provincia de ubicación.

Pero ¿cómo funcionan estas subastas? Para poder participar en la puja el interesado deberá anticipar el 5% y el 25% del precio del inmueble que se subasta a modo de fianza. Normalmente la subasta comienza en un importe y los pujantes deberán ofrecer cifras que estén por encima. En caso de que el interesado no gane la subasta porque haya una puja superior, le reembolsarán el dinero adelantado antes de la puja, pero si gana y se echa para atrás, perderá el dinero.

En caso de que gane y quiera quedarse con la vivienda, deberá contar con la capacidad económica para que le concedan la hipoteca en un plazo de 20 días. Si no cumple el plazo, pierde el dinero otorgado en calidad de fianza y el derecho a adquirir la vivienda. Además, si le adjudican la vivienda, como ocurre con cualquier otra compra realizada de forma tradicional, tendrá que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) por ser una vivienda de segunda mano y los honorarios de notaría.

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