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¿Quién paga los daños provocados por un inquilino en un piso de alquiler?

Es uno de los principales quebraderos de cabeza de los propietarios de un piso de alquiler. ¿Si el inquilino causa daños en la vivienda, quién los paga? La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que es la que regula todo lo relacionado con el alquiler de vivienda, establece una serie de derechos y obligaciones de inquilinos y propietarios. Una de las más importantes, de la parte del primero, tiene que ver con su responsabilidad de mantener la vivienda en buen estado de conservación.

De acuerdo con lo que dicta el Artículo 21 de la LAU, el casero está obligado a reparar y mantener la vivienda en unas condiciones habitables. Sin embargo, el que tiene que encargarse del mantenimiento de aquellos desperfectos causados por el uso ordinario es el inquilino. Pero, ¿qué pasa cuando se producen daños que son responsabilidad del inquilino? ¿Qué sucede, por ejemplo, en caso de inundación por haberse dejado el grifo abierto? ¿Qué pasa si se rompe la encimera de la cocina? ¿Y si, con malas artes, se destroza un baño?

La LAU es muy clara a la hora de señalar que un piso en alquiler tiene que devolverse en el mismo estado en que se entregó. Por tanto, será el inquilino el que tenga que hacerse cargo del pago de los daños provocados por él mismo. Veámoslo al detalle, a continuación.

¿Quién paga los daños provocados por un inquilino en un piso de alquiler?

Daños provocados por el inquilino en un piso de alquiler

Si el inquilino ha provocado daños en el piso de alquiler, tendrá que asumir económicamente la reparación. Es muy importante que en el momento de dejar el piso de alquiler, los caseros revisen exhaustivamente la vivienda. Hay que comprobar si existen desperfectos o daños importantes, que vayan más allá del desgaste o uso cotidiano. En este punto debemos revisar los elementos estructurales del inmueble, pero también el mobiliario y los electrodomésticos. Para no tener problemas en este sentido, siempre es importante realizar un inventario previo al contrato de alquiler.

Por otra parte, debemos considerar los daños que hayan sido provocados por las reformas del inquilino. Este podría hacerlas (contando o no con el reconocimiento propio o familiar de una minusvalía), pero luego tendría que dejar el inmueble tal como estaba al principio. Por tanto, si hay agujeros, paredes deterioradas o cualquier otro daño en elementos estructurales, el inquilino estará obligado a asumirlos para que todo quede como se encontraba en origen.

¿El propietario puede reclamar los desperfectos al inquilino?

Por supuesto. Si esto sucede, el propietario estará en su pleno derecho de reclamar los desperfectos que haya ocasionado en la vivienda. Pero, ¿cómo? Lo primero que debes saber es que la LAU no establece un período concreto para reclamar los daños. No obstante, es imprescindible que se curse la reclamación antes de poner el inmueble en alquiler. Lo que se recomienda es hacerlo lo antes posible, tomando como plazo máximo 30 días naturales después de que el inquilino haya dejado la vivienda y devuelto las llaves.

Primero: habla con el inquilino

Hay muchas maneras de reclamar los desperfectos al inquilino, pero lo primero sería dialogar. Antes de llegar a mayores, sería interesante que hablaras con el inquilino y le mostraras los daños, para que al mismo tiempo este pueda explicarse. Sería interesante conseguir que dejara el piso tal como lo encontró o, en su defecto, descontar los daños de la fianza o de la garantía adicional, si la hubiera. Si estas cantidades no cubrieran los daños, sería preciso que el inquilino aportara la diferencia. Dependiendo del caso, el propietario podría cubrir lo que faltara y así dar por finalizado el conflicto.

Si no hay acuerdo: reclamación al inquilino por la vía judicial

Si no se alcanza un acuerdo porque el inquilino se ha negado a cooperar, al propietario no le quedará otra que seguir la senda judicial. Lo que procedería sería interponer una demanda judicial para reclamar los daños ocasionados en la vivienda, así como una descripción lo más detallada posible de los perjuicios. Será imprescindible contar con los servicios profesionales de abogado y procurador.

¿Quién paga los daños provocados por un inquilino en un piso de alquiler?

Cómo proceder adecuadamente para justificar los daños en un piso de alquiler

Si tu piso lleva años alquilado, puede haga mucho tiempo que no lo hayas pisado. Por tanto, será difícil determinar en qué estado lo encontraremos. Por eso, vayas o no a realizar una reclamación, en vista a la finalización de un contrato de alquiler, te recomendamos lo siguiente:

  • Firma siempre la finalización del contrato de alquiler
  • No acudas solo: hazlo acompañado de un agente inmobiliario o de testigos
  • Si sospechas que habrá daños, procura contar con un perito
  • También puede venir bien la presencia de un notario para que levante acta
  • Documenta fotográficamente el estado de la vivienda

Finalmente, y aunque puedas llevar a cabo todas estas acciones, ya sabes que el camino de la justicia es lento y costoso. Te recomendamos contar siempre con un seguro del alquiler que pueda protegerte ante posibles daños en tu vivienda.

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