La actualización del precio del alquiler suele llegar cada año, aunque con la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, las cosas han cambiado. Tras la entrada en vigor de dicha norma el pasado 26 de mayo de 2023, se ha materializado la limitación de la subida de los precios del alquiler. Anteriormente, la subida de precios se formalizaba de acuerdo con lo indicado en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), de modo que se actualizaba con el IPC (el índice más común) o con el índice que apareciese en cada contrato de alquiler si se incluía una cláusula de actualización de la renta. De este modo, inquilinos y propietarios aseguraban un incremento determinado.
El caso es que con la nueva Ley de Vivienda, el precio de la actualización del alquiler quedará limitado y ya no estará ligado al IPC. No obstante, al tratarse de una normativa muy nueva, es lógico que surjan interrogantes, así que vamos a ayudarte a comprender cuánto te podrá subir el precio del alquiler en 2024. Y no te quedarás con dudas.
¿Qué ha pasado con la norma sobre la actualización del precio del alquiler?
Vamos a remontarnos a los inicios de todo esto, que es en 2022, cuando el Gobierno se propuso ayudar a los españoles a superar y paliar al mismo tiempo los efectos de la guerra en Ucrania, que afectó de manera muy directa a los bolsillos de los ciudadanos. Una de estas medidas tenía que ver con la desvinculación temporal de las renovaciones del precio de los alquileres al IPC, que era el índice que se había estado utilizando hasta entonces, tal como señalaba la LAU. ¿El objetivo? Echar un cable a los inquilinos, aunque la medida causara cierta crispación entre los propietarios de viviendas.
El caso es que desde abril de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, para actualizar el precio de los contratos de alquiler se ha tenido que tener en cuenta el índice de Garantía de Competitividad, estipulado, como máximo, en un 2 %. Y esta, que en principio prometía ser una medida temporal, ha pasado a formar parte de la norma a través de la nueva Ley de Vivienda. Debes saber, pues, que durante 2023 el incremento del precio del alquiler se limitará al 2 % y que a partir de 2024 el máximo queda establecido en un 3 %.
Al mismo tiempo, se espera que antes del 31 de diciembre de 2024, el Instituto Nacional de Estadística ya haya dado a conocer el nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler. Este pasará a aplicarse a partir de 2025. Y solo hasta entonces.
Entonces, ¿cuánto me puede subir el alquiler en 2024?
¿Qué puede pasar en 2024 con el precio del alquiler? La Disposición final sexta de la «Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, un inquilino con un contrato de alquiler regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos, señala que durante 2024 «podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta, con sujeción a las siguientes condiciones». Las condiciones son:
- Si el casero es un gran tenedor: el incremento del precio del alquiler tendrá que pactarse entre las partes, pero la variación no podrá superar el 3 %. Si no hay pacto entre las partes, el incremento será del 3 %.
- Si el casero no es un gran tenedor: también habrá que pactar entre las partes, pero si no hay acuerdo, el incremento a aplicar no podrá sobrepasar el 3 %.
Veamos un ejemplo. Si pagamos por nuestro alquiler 500 euros, con un índice de actualización de la renta del 3 % en 2024, el incremento será de 15 euros mensuales. Por tanto, terminaremos pagando una renta de 515 euros, lo que significará un incremento de 180 euros anuales.
¿Y si no nos subieron el alquiler en 2023, puede incrementarse más?
En principio, el incremento que se realice en 2024 según la Ley de Vivienda, no podrá ser superior al 3 % y siempre prevalecerá el pacto entre las partes. Por tanto, la renta no podría superar los 515 euros que mencionábamos en el ejemplo. Pero, ¿qué sucede si en 2023 no se nos aplicó la subida del 2 %? Pues según el Artículo 1964 del Código Civil, el incremento podría ser acumulativo. Es decir, en 2024 podrían llegar a aplicarnos la subida del 2 % de 2023 más la subida del 3 % de 2024, siempre que la subida que corresponda a cada año respete los límites fijados por Ley.
¿Qué significa esto? Pues en el caso de la renta mencionada de 500 euros, el incremento sería de 10 euros (2023) + 15 euros (2024), lo que terminaría dando como resultado una renta mensual de 525 euros en 2024. Eso sí, esta subida no puede ser en ningún caso retroactiva. Se empezaría a cobrar a partir de la nueva actualización del contrato de alquiler y siempre preavisando con un margen de 30 días, antes de cumplirse el año del contrato.